Fundada: 2005


Fundación Tribunal de Arbitraje y Mediación de las Islas Baleares (TAMIB)


Contacto y servicios

Nombre oficial de la Institución:
Fundació Tribunal d’Arbitrage i Mediació de les Illes Balears
Dirección postal:
Avinguda Comte de Sallent,
nº 11, 2ºA
Palma de Mallorca
07003
Islas baleares
España
+34 971 76 35 45
info@tamib.es
http://www.tamib.es
Ámbito:
Regional
Delegaciones:
Mallorca - Menorca
Idioma(s):
Español, Mallorquín
Servicios ADR:
Arbitraje, Mediación
Especialidades:
Laboral

Información general

Fundada:
2005
Representante:
Isabel Guitart Feliubadaló
Presidenta
El 20 de Diciembre de 1.995 se firma, entre sindicatos y empresarios, un ACUERDO INTERPROFESIONAL, por el que nace el TAMIB, siendo publicado dicho acuerdo en el BOCAIB del 6-02-1996.

El TAMIB es un órgano extrajudicial y paritario destinado a dirimir, conciliar y arbitrar las diferentes controversias laborales, individuales, colectivas o plurales, buscando una solución a las mismas de forma ágil, sencilla y eficaz.

El TAMIB está regulado por el II Acuerdo Interprofesional sobre renovación y potenciación del "Tribunal d'Arbitratge i Mediació de les Illes Balears" de 12 de enero de 2005 (BOIB de 3-02-2005). Dicha norma es estable y no está sometida a una duración temporal.

A través del TAMIB se da cuerpo a la voluntad manifiesta de empresarios y trabajadores de llegar a acuerdos para ofrecer soluciones a los conflictos de trabajo, remarcando las indudables ventajas que para ambas partes comporta la mediación, la conciliación y, en determinados casos, el arbitraje.

Cláusulas y Reglamentos

Cláusulas

Reglamentos

¿Quiénes pueden instar la actuación del TAMIB?
Los Trabajadores por cuenta ajena individualmente, en los casos de conflicto individual. Esto excluye a los Funcionarios Públicos y a los Trabajadores Autónomos.

Los Representantes Laborales Unitarios y/o sindicales de los Trabajadores en las empresas: Delegados de Personal, Comités de Empresa y las Secciones Sindicales en las empresas, cuando se trate de conflictos colectivos de empresa o de ámbito inferior.

Los Empresarios con trabajadores, cuando el conflicto colectivo es de Empresa o de ámbito inferior.

Las Organizaciones Sindicales y Empresariales constitutivas del TAMIB, directamente o través de cualquiera de sus organizaciones y asociaciones de rama, sector o territorio, en nombre propio o en representación de sus afiliados.

Las Organizaciones Sindicales y Empresariales que se adhieran al Acuerdo Interprofesional y Reglamento del TAMIB.

Las Organizaciones Sindicales y Empresariales con implantación en el conflicto que lo soliciten.
Naturalmente, el Conflicto Individual o Colectivo debe producirse o tener incidencia en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma.

Panelistas

El TAMIB es un órgano paritario. Es decir, constituido por representantes de los empresarios y de las organizaciones sindicales de los trabajadores. Para desarrollar su actividad se vale de un Cuerpo de Mediadores y un Cuerpo de Árbitros.

Los Mediadores son designados por las organizaciones sindicales y empresariales que han dado vida al TAMIB y constituyen un colectivo de personas con acreditada experiencia en el mundo de las relaciones laborales en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma. Los conocimientos y experiencia profesional de los mediadores se pone al servicio de las partes en conflicto para alcanzar una solución.

El cuerpo de Árbitros Laborales está compuesto, igualmente, por personas de probada y reconocida experiencia y conocimiento en el campo de las relaciones de trabajo, designados unánimemente por las organizaciones que constituyen el TAMIB. Los Árbitros resuelven, en Derecho o Equidad, la cuestión que le es sometida por las partes y que produce el conflicto.

Otra información de interés

Con carácter general, el TAMIB es competente para la tramitación de los procedimientos para la solución de los conflictos laborales individuales, plurales y colectivos, tanto los de aplicación e interpretación de normas como los de intereses, en cualquiera de sus modalidades, surgidos entre empresarios y trabajadores o sus respectivas organizaciones.


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