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Métodos Extrajudiciales - ADR


Fact finding

“La estadística demuestra que…”

“Con datos en la mano está claro que…”

“Nuestros datos indican que…”

“Los hechos aconsejan que…”

Si a los puntos suspensivos añadimos conclusiones subjetivas, entonces podemos encontrarnos en la antesala de una disputa como consecuencia de datos contradictorios o una muy subjetiva interpretación de unos datos cualesquiera.

Traducimos “Fact Finding” como “peritaje” que puede ser de naturaleza jurídica (derecho), social (ciencias sociales) o técnica (ciencias aplicadas) para cualquier ámbito de actividad empresarial.

Un hecho, realidad o dato es información obtenible y verificable siguiendo los estándares profesionales que en cada caso sean de aplicación. Fact Finding constituye el proceso de alcanzar la objetividad demostrable y también determinar la incertidumbre objetiva y potencial, es decir, los elementos fuera de control directo y objetivable científicamente.

El objetivo del Fact Finding es establecer mecanismos que eviten que las partes interesadas tomen decisiones contradictorias o erróneas sobre la base de datos bien contradictorios, bien interpretados subjetivamente y para ello contratan conjuntamente los servicios de peritos/consultores al mismo tiempo que establecen una comisión o grupo conjunto que evalúa los datos con la ayuda de un facilitador si fuese necesario.

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